COVID-19: Ayudas para ovino y caprino
Información sobre las ayudas para ovino y caprino
Adjuntamos enlace a la documentación oficial para las ayudas publicado el 22 de junio de 2020
AYUDAS OVINO CAPRINO (BOLETÍN OFICICAL DE CASTILLA Y LEÓN)
Objeto y finalidad de la subvención.
1. Ayudas a las explotaciones de ovinas y caprino de Castilla y León, que han tenido dificultades en la comercialización de corderos y cabritos en los meses de marzo y abril de este año, como consecuencia de las limitaciones impuestas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
2. Las ayudas se articulan como un complemento del pago por oveja y cabra establecido en la Subsección 5.ª «Ayuda asociada para las explotaciones de ovino», Subsección 6.ª «Ayuda asociada para las explotaciones de caprino» y Subsección 9.ª «Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico», incluidas en la Sección II «ayudas a los ganaderos» del Capítulo VI «ayudas asociadas», previstas en la Orden de 28 de enero de 2020, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se convocan pagos directos a la agricultura y a la ganadería en el año 2020, a otros regímenes de ayudas por superficie, a determinadas ayudas cofinanciadas por el FEADER en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 y a la selección de usuarios del sistema de asesoramiento de Castilla y León para la campaña agrícola 2020/2021.
Beneficiarios.
Los titulares de explotaciones ganaderas, personas físicas o jurídicas, o entes sin personalidad jurídica, que presenten o hayan presentado en 2020 en Castilla y León, la solicitud única 2020 y en concreto hayan solicitado alguna de las ayudas;
Ayuda asociada para las explotaciones de ovino
Ayuda asociada para las explotaciones de caprino
Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico o Solamente se consideraran las explotaciones, que dispongan de un censo de hembras reproductoras que estén correctamente identificadas y registradas a fecha 1 de enero de 2020
Explotaciones de ovino con una clasificación zootécnica de «reproducción para la producción de carne», «reproducción para la producción de leche» o «reproducción para producción mixta» con más de 50 hembras reproductoras.
Explotaciones de caprino con una clasificación zootécnica de «reproducción para la producción de carne», «reproducción para la producción de leche»
Animales subvencionables
A los efectos de determinar el número de animales con derecho a ayuda, se considerarán «hembras elegibles» aquellas ovejas y cabras mantenidas como reproductoras que estén correctamente identificadas y registradas a fecha 1 de enero de 2020 conforme a las disposiciones del Reglamento (CE) n.º 21/2004, del Consejo, de 17 de diciembre de 2003, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales CV: BOCYLD-22062020-7 Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 124 Lunes, 22 de junio de 2020 Pág. 20814 de las especies ovina y caprina y se modifica el Reglamento (CE) n.º 1782/2003 y las Directivas 92/102/CEE y 64/432/CEE, y en el Real Decreto 685/2013, de 16 de septiembre, y cuya producción de corderos y cabritos se haya visto afectada por la situación creada entre el 14 de marzo y el 30 de abril de 2020.
Para el establecimiento del número de hembras elegibles de cada explotación ganadera afectado por la reducción de la comercialización de corderos y cabritos, se tomará en consideración el porcentaje estimado de hembras con crías en la paridera de primavera, que se fija en el 60%, así como la reducción de los sacrificios de corderos y cabritos en los meses de marzo y abril constatado en el Sistema Integral de Trazabilidad Animal (SITRAN) respecto del mismo periodo del año 2019, que se establece en un 40% para los corderos y un 20% para los cabritos, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Ovejas elegibles: Número de hembras reproductoras declaradas x 0,6 x 0,40
Cabras elegibles: Número de hembras reproductoras declaradas x 0,6 x 0,20
La ayuda se concederá al número de ovejas y cabras elegibles determinado de acuerdo con el apartado 1, con un máximo de 100 animales por titular de explotación que reúna los requisitos para ser considerado beneficiario. Este máximo de 100 animales se aplica de manera independiente al ovino y al caprino.
Cuantía máxima de la ayuda por explotación.
La cuantía máxima de la ayuda no podrá superar los 12 euros por oveja o cabra elegible de cada explotación, consideradas todas las fuentes de financiación.
Plazo presentación
Plazo de solicutud PAC 2020